Latinoamérica sin Fronteras.

Respuesta a Mr. Markus Schmidt.
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United Nations

High Commisioner for Human Rights

Concerniente a irregularidades burocráticas

en perjuicio de mi persona y ocurridas en:

 

Comité contra la Tortura

Centro de Derechos Humanos

Oficina de las Naciones Unidas

8-14, avenue de la Paix

1211 Ginebra 10, Suiza.

 

REFERENCE: G/SO  229/31  SWE (35)

                                                  213/2002

 

                                                                    Suecia, 23 de marzo del 2004

 

 

 

Asunto: Respuesta a Mr. Markus Schmidt

Oficial a cargo de la Unidad de Peticiones.

 

He leído con detenimiento la nota, que usted, dirige a mi persona, con fecha 19 de febrero de 2004 y luego de un detallado análisis y normal período de tiempo, tengo el  honor de proceder con respeto pero con dignidad a contestarle.

 

Mi Decisión de apelación formal a la Decisión tomada por el Comité contra la Tortura y que aparece como CAT/C/31/D/213/2002 del 26 de noviembre de 2003 no está basada en afirmaciones ni calificativos inaceptables, como usted asegura.  Por el contrario, tiende usted, a confundir, el fondo de la misma.

 

Su distinguida persona, pretende reducir a sensibilidad burocrática, la formalidad de mi Apelación  y la denuncia de las irregularidades del Departamento de los Servicios de Apoyo, dirigidos por la estimable funcionaria María Francisca Ize- Charrin; los cuales no procesaron -pese a todas mis previsiones- correctamente mi documentación, ante el Honorable Comité contra la Tortura, perjudicándome por completo, en el marco de una flagrante violación por parte del Gobierno de la República de Suecia, del artículo 3 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos y Degradantes en mi contra.

 

A todas luces el desfase entre la teoría y la práctica de vuestra declaratoria, contribuye a la impunidad del delito y la defensa irracional del flágelo al cual decís combatir.  Jamás la defensa ciega de oficios burocráticos mal ejercidos, podrá opacar la justeza de mi denuncia ni confundir a las Eminencias en esta materia.

 

Obviamente no habéis leído correctamente, ni comprendido el mensaje, que como víctima  y sobreviviente de tortura, denuncié ante el Comité.  Semejante degradación, solo puede ocurrir en tiempos de miseria intelectual, ética y jurídica, en el que papeles, afiches y basura publicitaria, pretenden rellenar el vacio de la justicia y la lucha contra este indeseable crimen.

 

Mi fe y espiritú en la Justicia están intactos, estos se niegan a congraciarse con el agresor y a disculpar al pusilánime.  En esta hora y en las siguientes que me conceda Dios, y mientras mantenga mi hálito de vida, denuncio -previa notificación- la anomalía del mencionado Departamento de los Servicios de Apoyo, por contribuir a la inconsistencia del fallo en mi contra, como complices corresponsables del daño que pueda ocurrir a mi vida en este contexto y demostraré ante los justos y el tribunal de la razón, que la tortura no se combate con petulancia.

 

Si os parece que pudiera resultar inaceptable que un torturado se dirija a vosotros, para haceros ver vuestros errores, ya lo habéis dicho todo; no hay peor ciego que el que no quiere ver y os podría esperar el infeliz destino del que se congracia con el violador desde los salones y el sillín.

 

Es mi deseo confesarle que todo tipo de discriminación, rascismo y xenofobia tan en boga hoy por Suecia y Europa, también son condenables y no pueden intimidarme.  Tampoco pueden constituirse en argumento de descargo, para defender a inescrupulosos funcionarios. Harto estoy de presenciar la hipócrita costumbre de encubrir las aberrantes prácticas, arriba citadas, y blandirlas como argumentos negativos, en contra de los ciudadanos del tercer mundo, en materia de Derechos Humanos.  A partir del ojo tuerto de Europa y demás agentes imperiales que historicamente han mantenido el hábito de cubrirse con los ropajes de la doble moral, pretendéis dictar cátedra de raciocinio, para mantener la defensa absurda de mezquinos intereses y no veis nada más que lo que os conviene. Estoy seguro que si mi procedencia ideológica, hubiese llenado las aspiraciones de la piratería, hace ya muchos años, hubiese sido beneficiado, con las migajas acostumbradas en materia de derechos.   Sin embargo asisto en carne propia al banal desfile y a la comprobación del  repulsivo lucro, con el dolor y la  desgracia ajena, por funcionarios interesados en perpetuar el negocio, el rascismo, la discriminación y la xenofobia, en contra de los solicitantes de asilo.

 

Para concluir me permito reafirmar mi convicción y derecho de Apelación ante el más alto tribunal: el de la ética y la moral Universal, que al parecer no es el vuestro, puesto que basaís la imposibilidad de una apelación en un procedimiento, el cual fué degradado por la ineficiencia burocrática del supracitado departamento.

 

Así de esta forma, fantaseando con achacar a otros los yerros, se encubre la violación del artículo 3 de la Convención por parte del Gobierno de Suecia y la impunidad de la tortura se recocija, con la prestación de los ya denunciados e irregulares servicios.  Negocio redondo.

 

El peligro de dejar a ultranza, este portillo abierto, podría indicar que, hubo intervencionismo fantasmal, a partir del momento en que se depositó la documentación con sobrada antelación y que de ser así, lo correcto es sentar las responsabilidades del caso o de lo contrario, estariaís llamando mentirosos a los oficiales de las instituciones suecas que en materia de Derechos Humanos colaboraron con este envío.  De no ser así, la violación de correspondencia es delito, lo mismo la retención arbitraria o manipulación fraudulenta.  Es extraño con la prontitud que trabaja el correo desde Suecia  a Ginebra, que no llegué en un plazo máximo de tres días, sobre todo tomando en cuenta la fecha de los envíos ya que  siempre hice con sobrada anticipación, dos envíos por correo normal para mayor seguridad y por correo electrónico. Además mi disciplina de trabajo es ordenada.  Como es posible que en la entrega final, se pierdan los documentos?  Para mi, eso es lo que se llama Gato Encerrado.

 

Lo irónico es que yo, que soy el torturado, pago los platos rotos de este escabroso asunto. Habrase visto mayor absurdo.  Pareciera que el papel de torturado es el de reafirmar el valor de la burocracia y no el de la burocracia estar al servicio del torturado. Queda en el aire la duda. 

 

Atentamente,

 

 

 

Efraín de Jesús Valverde Moreno.

 

PD:  Me permito adjuntar nuevamente, mi comunicación del 3 de febrero del 2004, con el próposito de documentar fehacientemente la justeza de mi denuncia.

Suecia, 3 de Febrero de 2004

 

Comité contra la Tortura

Centro de Derechos Humanos

Oficina de las Naciones Unidas

8-14, avenue de la Paix

1211 Ginebra 10, Suiza.

 

 

Asunto: Apelación del CAT/C/31/D/213/2002
del

26 de noviembre de 2003

 

Después de dos meses y una semana, de haber recibido vuestra traumatizante Decisión y luego de mi natural reacción como sobreviviente de tortura, no me fué posible leer el fondo del CAT/C/31/D/213/2002 hasta el día 1 de abril del 2004.

 

En primer lugar, porque vuestra burocracia no se dignó a enviarme la comunicación en mi lengua materna el español, sino que lo hizo en inglés, dificultándome la comprensión de la misma, aunque irónicamente el entreparéntesis final reza, que la misma fue hecha para ser leída en varios idiomas siendo el texto español, la versión original. Ver: https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id43.html

 

En segundo lugar, porque tuve acceso a la comprensión de ella, hasta que pude leer la publicación del CAT/C/31/D/213/2002 del

26 de noviembre de 2003 por internet el día citado anteriormente arriba. Ver:

http://www.unhchr.ch/tbs/doc.nsf/0/e2f7845ab1074384c1256e0100389cd6?OpenDocument

 

Debo manifestar mi decisión de presentar Apelación formal a vuestra decisión, entre otros a partir del  párrafo 7.2 de la Decisión tomada y que dice textualmente:

 

 7.2. En relación con la comunicación adicional del autor de la queja, de fecha 23 de septiembre de 2003, el Comité observa que esa comunicación se presentó después de la expiración del plazo de seis semanas, estipulado en la carta del Comité de fecha 21 de octubre de 2001, de conformidad con el párrafo 6 del artículo 109 del reglamento del Comité, en la cual se invitó al autor de la queja a presentar sus comentarios sobre las observaciones del Estado Parte en cuanto a la admisibilidad y el fondo de la comunicación de 29 de noviembre de 2002. Por lo tanto, el Comité considera que los argumentos nuevos planteados por el autor en su comunicación adicional de fecha 23 de septiembre de 2003 fueron presentados fuera de tiempo y, por consiguiente, no pueden ser examinados por el Comité.

 

No es cierto que estos documentos hayan sido presentados hasta el día 23 de setiembre de 2003 , como reza vuestro fragmento. Por el contrario, los mismos fueron enviados en la primera semana del mes de setiembre, con fecha 4/ 9/ 03 a vuestra sede en Ginebra por el  funcionario, de una de las más representativas y responsables instituciones de toda Europa en materia de Derechos Humanos como lo es la Iglesia nacional de Suecia, lo cual pone en entredicho, vuestra aseveración del párrafo 7.2 

 

Personas de reconocida honorabilidad, pertenecientes a prestigiosas instituciones de Suecia, les consta que estos documentos fueron enviados en fecha temprana, ya que ellos mismos tomaron parte y responsabilidad no solo en la elaboración, sino también en el envío, ya que estoy impedido de hacerlo por mis propios medios al estar confinado, para evitar una absurda deportación.

 

Inclusive efectué con el auspicio de ellos, una llamada a Ginebra al teléfono (41-22) 917-9237 en la segunda quincena de agosto, inmediatamente después de haber recibido la comunicación firmada por María Francisca Ize-Charrin con fecha 14 de agosto de 2003, para cerciorarme correctamente de la fecha, ya que vuestra carta no lo indicaba.  No obstante la funcionaria, de quién ignoro su nombre y que atendió mi llamada, me dijo que no podía decirme la fecha límite y que la enviara lo más pronto posible.  Razón por la cual me apresuré a enviarles la información pedida.  Ver:  https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id33.html

 

Desconozco los motivos de vuestra irresponsabilidad burocrática, consistente, en haber ignorado, el carácter testimonial de los primeros documentos sobre mi situación actual en Suecia, enviados correctamente, en la primera semana de setiembre del 2003.  Ver:  https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id41.html 

 

Para mi sorpresa, una nueva comunicación el 19 de setiembre del 2003, me indicaba no sin ironía, que aún estaban a la espera de mi pronta respuesta; obligándome a reenviar los mismos documentos que paso a describir. Ver:  https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id34.html

 

Documentos enviados la primera semana de setiembre del 2003, sobre mi situación actual en Suecia:

 

  1. Carta de valoración jurídica migratoria del abogado sueco Gunnar Heljestrand.

Ver:   https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id39.html

 

  1. Carta del señor Anders Boström Pastor de la Iglesia sueca, en la congregación Gustavo Adolfo en la ciudad de Sundsvall. Ver:   https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id36.html

 

  1. Carta de Patricio Aguilar M, aportando su testimonio de mi situación actual. Ver: https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id40.html

 

 

Estos documentos ya estaban en vuestro poder, puesto que la misma María Francisca Ize-Charrin en carta con  fecha 19 de setiembre del 2003, adjuntada en el sobre dirigido a mí, le dice erróneamente a mi compañero Patricio Aguilar Madrigal, entre otros lo siguiente: Me dirijo a usted en relación su carta de fecha 4 de septiembre de 2003, referida a la comunicación No. 213/2002 presentada por el señor Efraín de Jesús Valverde Moreno(...) Deseo informarle asimismo, que usted puede presentar una comunicación en su propio nombre de conformidad con el artículo 22 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos y Degradantes;(...).  Es evidente la confusión al dirigirse a él, como si él, estuviera solicitando vuestros servicios.  Ver:  https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id48.html

 

Semejantes trastornos ocasionados en vuestras oficinas no han sido ni fueron los únicos durante este proceso, que ahora pone en riesgo absoluto mi vida.

 

Aquí tengo uno de colección antológica fechado el 9 de setiembre de 2002 que reza de la siguiente manera:  Estimado señor Valverde, Tengo el honor de acusar recepción de sus comentarios, de fecha 25 de noviembre de 2002, sobre las observaciones del Gobierno de España, relativas a la admisibilidad y el fondo de la queja no. 213/ 2002, que usted presentó al Comité contra la Tortura en virtud del artículo 22 de la Convención contra la Tortura.  Le saluda atentamente,  María Francisca Ize-Charrin.  Ver:  https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id31.html

 

Otro error de mayor gravedad, que demuestra el desorden en que vivís en vuestras oficinas, es el de haber extraviado el certificado que os envié desde el principio, del Dr. Donald Payne y no Paynes, como escribistéis incorrectamente solicitándolo de nuevo, en vuestra carta de último minuto el 19 de septiembre de 2003.  Ver:  https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id34.html

 

Estos y otros motivos de fondo, que pasaré a exponer en su debido momento, le restan seriedad, objetividad e imparcialidad a la decisión tomada por el Comité en mi contra.

 

Por ejemplo y esto aumenta la gravedad de mi denuncia, es lo referente, a las aclaraciones enviadas a vosotros en la nota del 23 de setiembre del 03,  precisamente sobre los mismos documentos enviados en la primera semana de setiembre del 03, los cuales no os dió la gana reconocer como tales, estando ya en vuestras manos; y peor aún, lejos de aclararos en vuestra confusión, negligentemente la mantuvistéis, a pesar de todas mis aclaraciones e indicaciones presentadas, en conformidad y antes de la fecha límite; que por cierto nunca me indicastéis, provocando por este mismo motivo, el consiguiente perjuicio en mi contra.  Ver:  https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id47.html

 

Aún así, si el período de seis semanas se cumpliría el día 28 de setiembre del 03 o en su defecto el 26 de setiembre del 03, si contamos la fecha en que habéis redactado vuestra carta, es decir el 14 de agosto del 2003, no habéis escrito nada hasta el día viernes 19 de setiembre del 03, que es como reza la fecha de la última comunicación.  Aún así, ya el día lunes 22, el mismo día que recibí la carta en mis manos os reenvié nuevamente los documentos y por correo electrónico os aclaré debidamente la situación y ya para el día 23 de setiembre del 03 deberíais haber estado correctamente informados de que os había reenviado otras vez los mismos documentos que ahora declarais no haber recibido antes.

 

Digo que habéis actuado deslealmente, ocultando e ignorando, los primeros documentos que os envié y que no son otros, que los mismos, que se negó aceptar el Comité contra la Tortura, arguyendo que fueron presentados después del 23 de setiembre del 2003, durante el 31º período de sesiones.

 

Lo que habéis hecho es volcar y justificar todo el peso de vuestra ineficacia burocrática en contra de mi persona, como si de chumicos se tratara y no de una violación al artículo 3 de la Declaratoria.  Lo cual me deja, peligrosamente en desventaja ante la imposibilidad de que fuera verdaderamente el Comité, quién analizara correctamente, durante su periódo normal de sesiones, el fondo de los documentos: inexplicablemente ocultados por vuestra ineficiencia burocrática.

 

En cuanto al subtítulo denominado: Comunicación adicional del autor de la queja  hacéis escueta referencia tan solo a uno de los documentos de suma importancia, aportados por mi persona, el cual entre otros, fué injustamente rechazado, debido a la manipulación incorrecta y el extravío de vuestros funcionarios.

 

El citado subtítulo reza textualmente de la siguiente manera:

 

6. El 23 de septiembre de 2003, el autor de la queja presentó una comunicación adicional que contenía, entre otras cosas, un informe psiquiátrico de fecha 14 de septiembre de 1998 y preparado por D. E. P., un psiquiatra de Toronto, en el cual se confirmaba que el autor de la queja sufre de trastornos causados por estrés postraumático.

Como no especificáis que tipo de trastornos sufro, dejando abierto el espacio para cualquier tipo de interpretación maliciosa, me veo en la obligación moral de aportaros para vuestro entendimiento, una vez más, y de todos aquellos que accesen esta información desde internet la transcripción del mismo dictamen y el curriculum de la autoridad competente y experto en el campo de la  psiquiatría y el tratamiento de pacientes que han sufrido tortura en su vida.  Ver:   https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id38.html 

 

Deseo transcribiros tan solo dos párrafos del reporte psiquiátrico del Dr. Donald Payne de Toronto, Cánada. Las negritas son mías.

 

On examination he presented as a tense 42 year-old man who was under emotional strain throughout the session.  He presented his history in a very tense and involved manner.  He reported his upsetting incidents in Costa Rica as individual incidents, rather than in chronological order.  This was in keeping with his poor concentration and with the emotional distress which he experienced in remembering them.  His manner of reporting his history and his emotional reactions while reporting it were consistent with the history which he provided.  There was no evidence of any major (psychotic) psychiatric disturbance indicating a lack of contact with reality.

 

It is my opinion that he is suffering from Post- Traumatic Stress Disorder which is consistent with his repeated detention, ill-treatment and harassment in Costa Rica, especially his marked fears for his life.  Post-Traumatic Stress Disorder is the diagnostic category in the American Psychiatric Associations DSM-IV classification system which describes the development of characteristic symptoms following a psychologically disturbing event which is outside the range of usual human experience and which is usually experienced with marked fear, terror and helplessness.

 

Por tanto: Os acuso de alcahuetear la violación del artículo 3 de la Convención contra la Tortura y Otros tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes, por parte del estado sueco en mi contra y por la responsabilidad absoluta del daño que pueda sucederme, debido a la apatía y comodidad de vuestra ineficiente burocracia.  El resto de la Decisión no es más que la misma trillada retórica y la complacencia infinita con el poder opresor, en contra de sus víctimas; y rebela la vulgar osadía de comportaros como abogados del Diablo, mientras hipócritamente invocáis, el respeto en la defensa de los torturados.

 

De manera que rechazó vuestra Decisión y apelo ante el más alto tribunal: el de la ética y la moral Universal, que creo aún os representa, para que enmendéis vuestro detestable yerro y no dejéis mi vida irresponsablemente, en manos de los criminales.

 

No os lo pido como mendicante, os lo exijo, como sobreviviente de tortura, a quien vuestros decretos representan.

 

Señoría,

Reciba las muestras de mi consideración y aprecio.

 

 

 

Efraín de Jesús Valverde Moreno.