Suecia, 3 de Febrero de 2004
Comité contra la Tortura
Centro de Derechos Humanos
Oficina de las Naciones Unidas
8-14, avenue de la Paix
1211 Ginebra 10, Suiza.
Asunto: Apelación del CAT/C/31/D/213/2002
del 26 de noviembre de 2003
Después de dos meses y una semana, de haber recibido vuestra traumatizante
Decisión y luego de mi natural reacción como sobreviviente de tortura, no me fué posible leer el fondo del CAT/C/31/D/213/2002
hasta el día 1 de abril del 2004.
En primer lugar, porque vuestra burocracia no se dignó a enviarme la comunicación en mi
lengua materna el español, sino que lo hizo en inglés, dificultándome la comprensión de la misma, aunque irónicamente el entreparéntesis
final reza, que la misma fue hecha para ser leída en varios idiomas siendo el texto español, la versión original. Ver: https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id43.html
En segundo lugar, porque tuve acceso a la comprensión de ella, hasta que pude leer la
publicación del CAT/C/31/D/213/2002 del
28 de noviembre
de 2003 por internet el día citado anteriormente arriba. Ver:
http://www.unhchr.ch/tbs/doc.nsf/0/e2f7845ab1074384c1256e0100389cd6?OpenDocument
Debo manifestar mi decisión de presentar Apelación formal a vuestra decisión,
entre otros a partir del párrafo 7.2 de la Decisión tomada y que dice textualmente:
7.2. En relación con la comunicación
adicional del autor de la queja, de fecha 23 de septiembre de 2003, el Comité observa que esa comunicación se presentó después
de la expiración del plazo de seis semanas, estipulado en la carta del Comité de fecha 21 de octubre de 2001, de conformidad
con el párrafo 6 del artículo 109 del reglamento del Comité, en la cual se invitó al autor de la queja a presentar sus comentarios
sobre las observaciones del Estado Parte en cuanto a la admisibilidad y el fondo de la comunicación de 29 de noviembre de
2002. Por lo tanto, el Comité considera que los argumentos nuevos planteados por el autor en su comunicación adicional de
fecha 23 de septiembre de 2003 fueron presentados fuera de tiempo y, por consiguiente, no pueden ser examinados por el Comité.
No
es cierto que estos documentos hayan sido presentados hasta el día 23 de setiembre de 2003 , como reza vuestro fragmento.
Por el contrario, los mismos fueron enviados en la primera semana del mes de setiembre, con fecha 4/ 9/ 03 a vuestra sede
en Ginebra por el funcionario, de una de las más representativas y responsables
instituciones de toda Europa en materia de Derechos Humanos como lo es la Iglesia nacional de Suecia, lo cual pone en entredicho,
vuestra aseveración del párrafo 7.2
Personas de reconocida honorabilidad, pertenecientes a prestigiosas instituciones
de Suecia, les consta que estos documentos fueron enviados en fecha temprana, ya que ellos mismos tomaron parte y responsabilidad
no solo en la elaboración, sino también en el envío, ya que estoy impedido de hacerlo por mis propios medios al estar confinado,
para evitar una absurda deportación.
Inclusive efectué con el auspicio de ellos, una llamada a Ginebra al teléfono
(41-22) 917-9237 en la segunda quincena de agosto, inmediatamente después de haber recibido la comunicación firmada por María
Francisca Ize-Charrin con fecha 14 de agosto de 2003, para cerciorarme correctamente de la fecha, ya que vuestra carta no
lo indicaba. No obstante la funcionaria, de quién ignoro su nombre y que atendió
mi llamada, me dijo que no podía decirme la fecha límite y que la enviara lo más pronto posible. Razón por la cual me apresuré a enviarles la información pedida.
Ver: https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id33.html
Desconozco los motivos de vuestra irresponsabilidad burocrática, consistente,
en haber ignorado, el carácter testimonial de los primeros documentos sobre mi situación actual en Suecia, enviados correctamente,
en la primera semana de setiembre del 2003. Ver:
https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id41.html
Para mi sorpresa, una nueva comunicación el 19 de setiembre del 2003, me indicaba
no sin ironía, que aún estaban a la espera de mi pronta respuesta; obligándome a reenviar los mismos documentos que paso a
describir. Ver: https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id34.html
Documentos enviados la primera semana de setiembre del 2003, sobre mi situación
actual en Suecia:
- Carta de valoración jurídica migratoria del
abogado sueco Gunnar Heljestrand.
Ver: https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id39.html
- Carta del señor Anders Boström Pastor de la Iglesia sueca, en la congregación Gustavo
Adolfo en la ciudad de Sundsvall. Ver: https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id36.html
- Carta de Patricio Aguilar M, aportando su testimonio de mi situación actual. Ver:
https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id40.html
Estos documentos
ya estaban en vuestro poder, puesto que la misma María Francisca Ize-Charrin en carta con
fecha 19 de setiembre del 2003, adjuntada en el sobre dirigido a mí, le dice erróneamente a mi compañero Patricio Aguilar
Madrigal, entre otros lo siguiente: Me dirijo a usted en relación su carta de fecha 4 de septiembre de 2003, referida a la
comunicación No. 213/2002 presentada por el señor Efraín de Jesús Valverde Moreno(...) Deseo informarle asimismo, que usted
puede presentar una comunicación en su propio nombre de conformidad con el artículo 22 de la Convención contra la Tortura
y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos y Degradantes;(...). Es evidente la
confusión al dirigirse a él, como si él, estuviera solicitando vuestros servicios. Ver: https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id48.html
Semejantes trastornos ocasionados en vuestras oficinas no han sido ni fueron
los únicos durante este proceso, que ahora pone en riesgo absoluto mi vida.
Aquí tengo uno de colección antológica fechado el 9 de setiembre de 2002 que
reza de la siguiente manera: Estimado señor Valverde, Tengo el honor de acusar
recepción de sus comentarios, de fecha 25 de noviembre de 2002, sobre las observaciones del Gobierno de España, relativas
a la admisibilidad y el fondo de la queja no. 213/ 2002, que usted presentó al Comité contra la Tortura en virtud del artículo
22 de la Convención contra la Tortura. Le saluda atentamente, María Francisca Ize-Charrin. Ver: https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id31.html
Otro error de mayor gravedad, que demuestra el desorden en que vivís en vuestras
oficinas, es el de haber extraviado el certificado que os envié desde el principio, del Dr. Donald Payne y no Paynes, como
escribistéis incorrectamente solicitándolo de nuevo, en vuestra carta de último minuto el 19 de septiembre de 2003. Ver: https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id34.html
Estos y otros motivos de fondo, que pasaré a exponer en su debido momento,
le restan seriedad, objetividad e imparcialidad a la decisión tomada por el Comité en mi contra.
Por ejemplo y esto aumenta la gravedad de mi denuncia, es lo referente, a
las aclaraciones enviadas a vosotros en la nota del 23 de setiembre del 03, precisamente
sobre los mismos documentos enviados en la primera semana de setiembre del 03, los cuales no os dió la gana reconocer como
tales, estando ya en vuestras manos; y peor aún, lejos de aclararos en vuestra confusión, negligentemente la mantuvistéis,
a pesar de todas mis aclaraciones e indicaciones presentadas, en conformidad y antes de la fecha límite; que por cierto nunca
me indicastéis, provocando por este mismo motivo, el consiguiente perjuicio en mi contra.
Ver: https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id47.html
Aún así, si el período de seis semanas se cumpliría el día 28 de setiembre
del 03 o en su defecto el 26 de setiembre del 03, si contamos la fecha en que habéis redactado vuestra carta, es decir el
14 de agosto del 2003, no habéis escrito nada hasta el día viernes 19 de setiembre del 03, que es como reza la fecha de la
última comunicación. Aún así, ya el día lunes 22, el mismo día que recibí la
carta en mis manos os reenvié nuevamente los documentos y por correo electrónico os aclaré debidamente la situación y ya para
el día 23 de setiembre del 03 deberíais haber estado correctamente informados de que os había reenviado otras vez los mismos
documentos que ahora declarais no haber recibido antes.
Digo que habéis actuado deslealmente, ocultando e ignorando, los primeros
documentos que os envié y que no son otros, que los mismos, que se negó aceptar el Comité contra la Tortura, arguyendo que
fueron presentados después del 23 de setiembre del 2003, durante el 31º período de sesiones.
Lo que habéis hecho es volcar y justificar todo el peso de vuestra ineficacia
burocrática en contra de mi persona, como si de chumicos se tratara y no de una violación al artículo 3 de la Declaratoria. Lo cual me deja, peligrosamente en desventaja ante la imposibilidad de que fuera verdaderamente
el Comité, quién analizara correctamente, durante su periódo normal de sesiones, el fondo de los documentos: inexplicablemente
ocultados por vuestra ineficiencia burocrática.
En cuanto al subtítulo denominado: Comunicación adicional del autor de la
queja hacéis escueta referencia tan solo a uno de los documentos de suma importancia,
aportados por mi persona, el cual entre otros, fué injustamente rechazado, debido a la manipulación incorrecta y el extravío
de vuestros funcionarios.
El citado subtítulo reza textualmente de la siguiente manera:
6. El 23 de septiembre de 2003, el autor de la queja presentó una comunicación
adicional que contenía, entre otras cosas, un informe psiquiátrico de fecha 14 de septiembre de 1998 y preparado por D. E.
P., un psiquiatra de Toronto, en el cual se confirmaba que el autor de la queja sufre de trastornos causados por estrés postraumático.
Como no especificáis que tipo de trastornos sufro, dejando abierto el espacio
para cualquier tipo de interpretación maliciosa, me veo en la obligación moral de aportaros para vuestro entendimiento, una
vez más, y de todos aquellos que accesen esta información desde internet la transcripción del mismo dictamen y el curriculum
de la autoridad competente y experto en el campo de la psiquiatría y el tratamiento
de pacientes que han sufrido tortura en su vida. Ver: https://costaricaenginebra.tripod.com/latinoamerica/id38.html
Deseo transcribiros tan solo dos párrafos del reporte psiquiátrico del Dr.
Donald Payne de Toronto, Cánada. Las negritas son mías.
On examination he presented as a tense 42 year-old man who was under emotional strain throughout
the session. He presented his history in a very tense and involved manner. He reported his upsetting incidents in Costa Rica as individual incidents, rather
than in chronological order. This was in keeping with his poor concentration
and with the emotional distress which he experienced in remembering them. His
manner of reporting his history and his emotional reactions while reporting it were consistent with the history which he provided. There was no evidence of any major (psychotic) psychiatric disturbance indicating
a lack of contact with reality.
It is my opinion that he is suffering from Post- Traumatic Stress Disorder which is consistent with his repeated
detention, ill-treatment and harassment in Costa Rica, especially his marked fears for his life. Post-Traumatic Stress Disorder is the diagnostic category
in the American Psychiatric Associations DSM-IV classification system which describes the development of characteristic symptoms
following a psychologically disturbing event which is outside the range of usual human experience and which is usually experienced
with marked fear, terror and helplessness.
Por tanto: Os acuso de alcahuetear la violación del artículo
3 de la Convención contra la Tortura y Otros tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes, por parte del estado sueco en
mi contra y por la responsabilidad absoluta del daño que pueda sucederme, debido a la apatía y comodidad de vuestra ineficiente
burocracia. El resto de la Decisión no es más que la misma trillada retórica
y la complacencia infinita con el poder opresor, en contra de sus víctimas; y rebela la vulgar osadía de comportaros como
abogados del Diablo, mientras hipócritamente invocáis, el respeto en la defensa de los torturados.
De manera que rechazó vuestra Decisión y apelo ante el más
alto tribunal: el de la ética y la moral Universal, que creo aún os representa, para que enmendéis vuestro detestable yerro
y no dejéis mi vida irresponsablemente, en manos de los criminales.
No os lo pido como mendicante, os lo exijo, como sobreviviente
de tortura, a quien vuestros decretos representan.
Señoría,
Reciba las muestras de mi consideración y aprecio.
Efraín de Jesús Valverde Moreno.